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El falso debate sobre la reforma constitucional en Salta

Quienes pretenden reformar la Constitución para reforzar sus posiciones de poder y reverdecer las glorias amarillentas del pasado, saben que solo pueden alcanzar su propósito sembrando confusión y distorsionando los debates. Son conscientes de que si el protagonismo es asumido por una ciudadanía activa e informada y se promueven debates serios y bien fundamentados, sus posibilidades de sacar partido de la reforma son mínimas, por no decir casi nulas.


Por este motivo, asumiendo que la eventualidad e incluso la conveniencia de una reforma constitucional en Salta es poco menos que inevitable, considero necesario denunciar a través de estas páginas que algunos políticos bien conocidos están intentando venderle estos días a los salteños que la reforma es un asunto del que debe «ocuparse» el gobierno.

Algunos nos dicen que es mejor que se ocupe el gobierno que se va; otros dicen que quien debe hacerlo es el gobierno que viene, y no falta por supuesto quien diga que la mayor experiencia en el tema la tiene el gobierno que cesó hace más de diez años.

El debate es interesadamente falso. Nada hay más lejos de la realidad y, sobre todo, de los intereses del conjunto de los ciudadanos de Salta.

La Constitución, al igual que sus reformas, no es un asunto de un gobierno, ni de varios. Tampoco es un asunto exclusivo de políticos, como se pretende hacernos creer. La Constitución, aunque sea política por naturaleza, trasciende largamente a los políticos, y con más razón a los activistas, a los militantes y a los leguleyos.

Desde el alba del constitucionalismo hay una verdad inconmovible: que las normas fundamentales son instrumentos para sujetar a los gobiernos, para reducir su poder de modo de hacer posible la expansión de las libertades y los derechos, por lo que no solamente es obvio sino también razonable que no puede dejarse en manos de los gobiernos -y menos aún de los políticos- la decisión de reformar ni el contenido de la reforma.

Las dos anteriores son verdades tan elementales que da un poco de apuro tener que exponerlas de este modo, porque se supone que todo el mundo las conoce.

Preguntas obligadas

A mi juicio, antes que discutir quiénes deben ser los sujetos que han de protagonizar la reforma, los salteños debemos preguntarnos estas dos cosas:

1) Si nuestra sociedad ha alcanzado la madurez política suficiente para dotarse de una Constitución moderna, eficaz y operativa, y

2) si el clima y los equilibrios políticos forjados desde hace más de dos décadas nos permiten abordar una reforma con sosiego, en un clima de tranquilidad y de diálogo sereno.

No hay que ser un experto para responder negativamente a estas dos preguntas. Lo cual debería forzar a que el eje del debate en torno a la operación reformista se desplace inmediatamente desde los sujetos protagonistas a las condiciones previas para empezar a discutir la necesidad de la reforma.

Solo los ciudadanos de Salta pueden decidir si hacer lo uno o lo otro.

Convendría también que, antes de plantear siquiera la necesidad de la reforma, nos pusiéramos de acuerdo entre todos sobre el valor del «consenso»; una palabra que suele emplearse con asombrosa ligereza en situaciones como esta y cuyo exacto significado nos convendría precisar.

En efecto, el «consenso», que tanto desvela a algunos ansiosos partidarios de la reforma y sirve a otros para lanzar antidemocráticas operaciones de imposición de sus criterios, no es solamente una cualidad del resultado de la reforma constitucional, sino un presupuesto esencial de todo el proceso constituyente, que, de modo particular, afecta al método, al contenido de los debates y, sobre todo, a la actitud que se espera de los protagonistas (partidos políticos, organizaciones sociales, ciudadanos, gobierno, etc.) en relación con todas estas cuestiones. Al menos en este momento tan crítico, en el que cada quien parece ir por su lado, es necesario que los ciudadanos exijan con firmeza a aquellos que asoman como portavoces de la reforma un compromiso moral serio con el consenso.

Establecido lo anterior, sería necesario convenir que el consenso ideal es el que surge de la unanimidad de los participantes, y que el recurso a las mayorías solo se justifica en la medida en que, una vez agotados todos los recursos para alcanzar la unanimidad, esta no ha sido posible. Por esta razón, se debe erradicar igualmente la idea de que las mayorías simples, o aun las absolutas, son suficientes para apuntalar un proceso de reforma constitucional.

Materias razonables

El segundo paso que los salteños deben dar consiste en identificar con la mayor precisión las materias o las instituciones que han de ser objeto de reforma. Es decir, se debe elaborar un catálogo acotado de reformas que se consideren por todos, o por una inmensa mayoría, razonables y necesarias.

Cualquiera sabe que la Constitución de Salta de 1986, que fue reformada dos veces (en 1997 y 2003) para saciar los apetitos de poder del grupo gobernante, tiene insuficiencias, lagunas y zonas de penumbra, que muchas veces son producto de la deficiente labor del Constituyente, pero que también son consecuencia de los cambios sociales y tecnológicos y de la evolución de las ideas y de las creencias a lo largo de las pasadas tres décadas.

Conviene que no nos engañe el espejismo de la limitación temporal de los mandatos. Quien proponga una reforma de la Constitución porque le parece que una pluralidad de mandatos consecutivos favorece la concentración y el abuso del poder (cosa que es verdad), lo que hace es jugar con las pulsiones cívicas y su garantizado rechazo a los excesos del mando. No quisiera meterme en berenjenales, pero es casi lo mismo que preguntarle a una persona para zanjar otro tipo de debates en boga «¿está usted a favor de la vida o de la muerte?». Las cosas no son tan simples ni las opciones tan irreductibles como estas.

Casi todos los ciudadanos son partidarios de limitar los mandatos de los cargos electos. Lo eran aun antes de que los dos últimos gobernadores de Salta reformaran la Constitución a su antojo para extender su mando durante doce años. Lógicamente, lo son más ahora, a la vista de los desastrosos resultados de los mandatos consecutivos y de las consecuencias negativas que sobre las libertades individuales y colectivas han tenido el personalismo y el exceso de poder.

Pero no es necesario reformar la Constitución para acortar los mandatos. Basta con un compromiso solemne de los partidos, de sus líderes o de los políticos individuales en tal sentido. No es necesario ni siquiera un pacto. Será suficiente coleccionar y certificar la voluntad concordante de una serie de individuos y de organizaciones para que la limitación sea efectiva y exigible.

Además, la sola limitación de los mandatos no asegura acabar con la concentración del poder, en un hombre, en una familia, en una pequeña oligarquía. Hace falta otro tipo de reformas y tenemos que ser capaces de llevarlas a cabo.

El valor permanente de la Ley y la reforma del Poder Judicial

Volviendo a mi afirmación anterior, la Constitución de Salta de 1986 está hoy desbordada y necesitada de una actualización más o menos urgente, pero cualquier reforma debe comenzar por respetar una serie de principios y criterios formales que arraigan en la historia de las instituciones y las libertades de los salteños. Si estos principios no son respetados, podríamos enfrentarnos a situaciones de hecho de las que pueden sacar tajada los aventureros de siempre.

Entre estos principios, sobresale uno por su particular importancia: el del papel que desempeña la Ley en nuestro entramado institucional.

De alguna forma tenemos que reafirmarnos en la centralidad de la Ley como vértice organizador de nuestro sistema de libertades, y no olvidar el viejo principio que Cicerón incorporó a la vida política, según el cual «legum servi summun ut liberi esse possum», y que Montesquieu resumió magistralmente en su fórmula: «La libertad consiste en hacer lo que las leyes permiten, porque si pudiéramos hacer lo que prohíben, todos tendrían ese poder y ya no habría libertad».

La revalorización o la revitalización de la Ley, como garantía de la libertad y de los derechos, frente al dañino activismo del Poder Ejecutivo lleva necesariamente a plantearse una reforma en profundidad del sistema judicial. Es contradictorio y también peligroso que alguien se declare partidario de limitar el mandato de los gobernadores y los intendentes municipales y, al mismo tiempo, pretenda que los jueces de la Corte de Justicia sean «vitalicios». No hay mayor peligro para las libertades democráticas que un dualismo ético de semejante magnitud.

Solo los jueces con facultades exclusivas para juzgar controversias jurídicas deben ser inamovibles en sus cargos, con las limitaciones que establece la Ley y que normalmente están relacionadas con la demostración continuada de su idoneidad y su buen comportamiento.

Por el contrario, aquellos magistrados que ejercen facultades políticas (tutela de las libertades o vigilancia de la supremacía de la Constitución), administrativas (gestión presupuestaria y financiera, de personal, electoral, etc.) o cuasilegislativas (regulación mediante acuerdo de jueces de determinados aspectos del derecho procesal) deben tener, por imperativo democrático, mandatos tasados, a poder ser breves y alternos, pero jamás ilimitados; deben ser elegidos a través de procedimientos públicos transparentes y ser capaces de rendir cuentas de sus actos al soberano, en todo momento y a primer requerimiento.

La actual Corte de Justicia debe ser reformada de raíz para que sus competencias -hoy diversas, exorbitantes y antidemocráticas- se distribuyan en tantos órganos independientes como sean necesarios: uno con competencia exclusivamente constitucional, otro con competencia en materia de gobierno del Poder Judicial, otro de tutela expeditiva de los derechos y libertades fundamentales, otro órgano exclusivamente jurisdiccional (dividido en salas, por materia), y crear al mismo tiempo una administración electoral que esté confiada a un órgano técnico, neutral, transparente y renovable, sin conexión estructural ni funcional con los tribunales de justicia o con los magistrados que ejercen el poder judicial.

Una oportunidad que no debemos desperdiciar

Hasta aquí, las constituciones y sus reformas han servido a los salteños para trasladar al papel las ventajas obtenidas en la lid política por una parcialidad social sobre otra. La ausencia de conflictos mayores entre nosotros ha determinado, probablemente, que nuestra Constitución, en vez de servir como sustento de la convivencia pacífica, cumpla el papel de trofeo de guerra, de testimonio más o menos imperecedero del resultado puntual de la contienda política.

Las sucesivas constituciones de las que nos hemos dotado han sido, en mayor o menor medida, actos de fuerza puros. Si así no hubiera sido, nuestro marco constitucional sería hoy, sin dudas, mucho más estable, previsible y duradero. Este solo dato de la realidad debería bastarnos para que nos diésemos cuenta de que una Constitución solo puede desempeñar su papel con eficacia, durar en el tiempo y servir a los ciudadanos, en la medida en que quienes concurren a su elaboración renuncian a la tentación de aprovechar las reformas para proclamar victorias coyunturales o para anular temporalmente al antagonista. En pocas palabras, que la Constitución no puede ni debe ser el producto de una relación de fuerzas determinada ni el instrumento de una parcialidad en desmedro de otra.

El consenso que la Constitución necesita para sobrevivir solo se puede alcanzar en la medida en que cada grupo sea capaz de ceder y abandonar muchos de sus principios y, desde luego, aparcar sus intereses en beneficio de los del conjunto social. No se trata solamente de aspirar a una reforma sin conflictos, sino también a una sin imposiciones de parte de los detentadores del poder.

En este sentido, el grupo hegemónico que ha gobernado Salta a voluntad durante los últimos 22 años debe mostrarse sinceramente capaz de abandonar su posición dominante y someterse de una vez a las reglas de la democracia. De alguna forma debe quedar claro en el texto constitucional que uno de los objetivos sobresalientes de la organización político-institucional es el de exigir a quienes pretendan asumir la representación ciudadana una lealtad primaria con los valores comunes queridos por muchos o por todos, y que deje en un segundo o tercer plano las lealtades que hasta hoy han dominado la vida política salteña: la fidelidad al líder y el compromiso con la militancia de partido.

Es condición sine qua non para comenzar a pensar en una reforma constitucional el compromiso de respetar los principios y criterios que en los párrafos precedentes he enunciado. La Constitución no puede ser sino el fruto del juego limpio y del uso de categorías jurídico-políticas y de conceptos plenamente coherentes con las posibilidades de consenso.

Por esta razón es que me permito formular a los ciudadanos de Salta, incluidos por supuesto los dirigentes políticos y los intelectuales, un llamamiento formal a abandonar los sueños y las ilusiones de reformas imposibles. Aquellas enmiendas al texto constitucional que no estén fundadas en el sentido común no aseguran ningún resultado práctico y suponen un esfuerzo inútil. El constitucionalismo es, por definición, un ejercicio de moderación, y las reformas, por muy necesarias y urgentes que sean, deben estar guiadas por este principio fundamental. El extremismo político tiene siempre, como dice el ilustre Norberto Bobbio, una veta antiiluminista. Las posiciones de prudencia, de tolerancia, de respeto y reconocimiento del otro son siempre causa y efecto de procedimientos moderados.

Debemos aproximarnos a la reforma constitucional con ilusión y con esperanza de un cambio genuino. Pero también con rigor, sin miedo a la confrontación y al disenso. El desafío consiste en evitar convertir a la reforma en un terreno abonado para la desconfianza y los desencuentros, que nos conducirán a un nuevo fracaso. Una de las formas de garantizar el fracaso es volver a caer en el error de adoptar una constitución aprobada solamente por una convención de electos, que respondan a los intereses de los líderes y de los partidos de turno. Es preciso afirmar la necesidad de que el producto de la convención constituyente sea sometido sin dilaciones a la decisión soberana del conjunto de los ciudadanos, a través de un referéndum libre, mínimamente controlado por el poder constituido.

Si nos equivocamos y planteamos la reforma como un asunto exclusivo de «políticos» o de «expertos» (celosos y competitivos, los unos como los otros), corremos el riesgo de que el ciudadano común le dé la espalda y que, al hacerlo, allane el camino a los enemigos de la libertad, que siempre han econtrado en la indiferencia cívica la excusa perfecta para meter mano en asuntos en los que quien tiene la primera y la última palabra es el ciudadano.
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